Valparaíso, once de enero de dos mil diez.
Vistos:
En estos autos RUC 090019644-0, RIT T-44-2009, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, a fojas 4 el abogado don Rodrigo Garay Osorio, por la demandada, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2009, dictada por la Juez Titular del Tribunal doña Edith Simpson Orellana, la que dio lugar a la demanda incoada por el actor en todas sus partes, solicitando la invalidación parcial del procedimiento, junto con la sentencia definitiva, por haberse incurrido en la causal establecida en el artículo 477 inciso primero del Código del Trabajo, esto es, cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva, se hubiere infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales.
A fojas12 esta Corte declaró admisible el recurso de nulidad interpuesto, el que fue visto en la audiencia el pasado 5 de enero de 2010, con la asistencia del abogado recurrente Sr. Gabriel Espinoza y por la recurrida el abogado Sr. Sergio Reyes.
Vistos:
En estos autos RUC 090019644-0, RIT T-44-2009, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, a fojas 4 el abogado don Rodrigo Garay Osorio, por la demandada, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2009, dictada por la Juez Titular del Tribunal doña Edith Simpson Orellana, la que dio lugar a la demanda incoada por el actor en todas sus partes, solicitando la invalidación parcial del procedimiento, junto con la sentencia definitiva, por haberse incurrido en la causal establecida en el artículo 477 inciso primero del Código del Trabajo, esto es, cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva, se hubiere infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales.
A fojas12 esta Corte declaró admisible el recurso de nulidad interpuesto, el que fue visto en la audiencia el pasado 5 de enero de 2010, con la asistencia del abogado recurrente Sr. Gabriel Espinoza y por la recurrida el abogado Sr. Sergio Reyes.