Santiago, veintidós de julio de dos mil quince.
Vistos:
En estos autos sobre recurso de reclamación del artículo 137 del Código de Aguas, Rol N° 301-2015, seguidos en contra de la Dirección General de Aguas, por sentencia de uno de diciembre de dos mil catorce, de la Corte de Apelaciones de Iquique, escrita a fojas 270, se acogió el reclamo deducido por Sociedad Química y Minera de Chile S.A. (en adelante SQM) y se dejó sin efecto tanto la Resolución DGA N° 250, de 29 de enero del año 2014 que desestimó la reconsideración deducida por la reclamante respecto de la Resolución DGA Tarapacá N° 237, de 31 de mayo de 2011, que acogió la modificación de cambio de punto de captación de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas solicitado por Sociedad Contractual Minera Compañía Minera Negreiros, así como también la última resolución mencionada.