Concepción, treinta de marzo de dos mil seis.
En cuanto a la inadmisibilidad del recurso de apelación alegada por la demandada a fojas 820.
ADVERTENCIA: si se trata de un fallo de Corte de Apelaciones, verifique si se encuentra firme y ejecutoriado en el sitio del Poder Judicial. Un servicio de AGUILA, ULLOA & CIA., abogados en Puerto Montt, Chile.
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