Puerto Montt, tres de diciembre de dos mil catorce.
Vistos:
A fojas 9 comparece don Luis Fabi谩n Quel铆n Z煤帽iga, abogado, domiciliado para estos efectos en calle O’Higgins Oficina 703 de esta ciudad, quien invocando la representaci贸n del Comit茅 de Agua Potable Rural Lagunitas – Cardonal, a su vez representado por don Juan Antonio R铆os Brandau, deduce recurso de protecci贸n en contra de los socios del referido Comit茅, Sres. Jaime Campa帽a Nieto, Jos茅 Ulloa Mansilla y Luis Gonz谩lez Rodr铆guez, por hechos que afectan a los miembros del Directorio.
Consigna como antecedente que el 15 de septiembre de 2013, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 19.418 sobre Juntas de Vecinos y dem谩s Organizaciones Comunitarias, se procedi贸 a la elecci贸n del Directorio Definitivo del Comit茅 de Agua Potable Rural Lagunitas – Cardonal perteneciente a la Unidad Vecinal N° 46, inscrita en el Registro P煤blico de Junta de Vecinos y dem谩s Organizaciones Comunitarias de la comuna de Puerto Montt, quedando integrado por el Presidente don Juan Antonio R铆os Braudau, el Vicepresidente Gustavo Almonacid Villegas, el Secretario H茅ctor Obando Oporto, el Tesorero Pablo Vargas Arco y el Primer Director Jos茅 Francke C谩rdenas.
En relaci贸n a los hechos que motivan la interposici贸n del presente recurso, expresa que durante el transcurso de una Asamblea General Extraordinaria realizada el 12 de octubre pasado, que fuera convocada en Asamblea Ordinaria de 5 de octubre, con el objeto de dar cuenta de los avances obtenidos en las gestiones implementadas, un grupo de socios encabezado por Jaime Campa帽a Nieto, Jos茅 Ulloa Mansilla y Luis Gonz谩lez Rodr铆guez, solicit贸 infundadamente la renuncia del actual directorio, torn谩ndose tensa la situaci贸n debido a la ofuscaci贸n de este grupo de personas lo que oblig贸 a los miembros del directorio a cerrar la sesi贸n y firmar el acta de la misma, para luego apropiarse indebidamente de los libros de Registro de Socios, Asistencia de Socios y de Actas, manifestando que su intenci贸n era instaurar una nueva directiva, pretendiendo hacerse justicia de propia mano ante el desacuerdo con la gesti贸n actual. Refiere que ante la agresividad de los recurridos, los miembros del directorio debieron retirarse con la finalidad de resguardar su integridad f铆sica, sin perjuicio de haber dejado constancia de estos hechos ante la 5ta. Comisar铆a de Carabineros de esta ciudad el 14 de octubre siguiente.
A帽ade que este mismo grupo de socios recurrido, requiri贸 al Tribunal Electoral la inscripci贸n de una nueva directiva, constituida de facto, atribuy茅ndose facultades de las que se encuentran desprovistos.
Sostiene que el 22 de octubre se present贸 una citaci贸n dirigida al Presidente del Directorio junto a la Directiva del Comit茅 con el objeto de realizar una asamblea extraordinaria el 26 de octubre para acordar la censura de la actual directiva, solicitud firmada por un n煤mero insuficiente de socios que individualiza y algunos usuarios, infringiendo lo dispuesto en los art铆culos 14 y 17 de los Estatutos del Comit茅.
Finalmente, invocando como vulneradas las garant铆as consagradas en los art铆culos 19 N潞 1, 2, 3 y 24 de la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica, solicita se acoja el recurso declarando que los recurridos han actuado o incurrido en omisiones en forma ilegal y arbitraria, disponiendo las medidas pertinentes a fin de restablecer el imperio del derecho, con costas.
A fojas 17 se declara admisible el recurso.
A fojas 28, 30 y 32 informan don Jos茅 Ulloa Mancilla, Luis Gonz谩lez Rodr铆guez y Jaime Campa帽a Nieto, expresando que efectivamente el 12 de octubre pasado se realiz贸 asamblea extraordinaria del Comit茅 de Agua Potable Rural Lagunitas, a la que asistieron m谩s de un centenar de socios y la totalidad de los miembros de la directiva encabezada por el recurrente.
Manifiestan que el 5 de octubre previo se hab铆a realizado otra asamblea presidida por el tesorero de la organizaci贸n, Pablo Vargas, ante la inasistencia del Presidente y del Vicepresidente, provocando la molestia de los socios presentes.
En cuanto a la asamblea del 12 de octubre, precisan que efectivamente en 茅sta se aprob贸 la destituci贸n del Directorio, lo que consta del Acta respectiva firmada por el Presidente Juan Antonio R铆os Brandau, el Vicepresidente Gustavo Almonacid Villegas, el Secretario, H茅ctor Obando Oporto y el Tesorero Pablo Vargas Arco y tres socios.
En ese orden, aseguran que los socios firmantes y el centenar de socios presentes pueden afirmar que inmediatamente de firmada el Acta, los dirigentes se retiraron del local dejando sobre la mesa los libros de socios, de asistencia y de comisiones electorales, como tambi茅n pueden testimoniar que no es efectivo que la seguridad e integridad f铆sica o s铆quica de los dirigentes censurados haya estado en riesgo.
Refieren que ante los hechos acontecidos, se aprob贸 la constituci贸n de una Comisi贸n Electoral compuesta por los socios Luis Gonz谩lez Rodr铆guez, Jovita Carril C谩rdenas, Hilda Villarroel D铆az y Armando Ulloa Mansilla, con el prop贸sito de organizar a la brevedad las elecciones de acuerdo al Estatuto Social, lo que fue notificado al Tribunal Electoral Regional.
Finalmente, controvierten que se hayan amagado las garant铆as constitucionales invocadas en el libelo del recurso, manifestando que la molestia expresada por los socios por situaciones irregulares que se han reiterado durante a帽os, que afectan el patrimonio de los asociados y el servicio de agua potable no constituyen una vulneraci贸n de los derechos de los recurrentes sino una leg铆tima expresi贸n del derecho de opini贸n y del derecho que los propios estatutos otorgan a los socios para destituir a quienes han sido elegidos.
Indican a su vez que tampoco se han vulnerados los derechos de igualdad ante la ley, de propiedad ni a no ser juzgados por comisiones especiales, estando por el contrario ante el derecho leg铆timo de revocaci贸n de un mandato.
Finalmente, advirtiendo que podr铆an existir cuestiones de car谩cter formal en el procedimiento de convocatoria de la Directiva, indica que ha tomado conocimiento que los socios est谩n llanos a dar riguroso cumplimiento a la normativa estatutaria y convocar formalmente a una nueva reuni贸n extraordinaria y aprobar la censura y destituci贸n del directorio.
A fojas 39, encontr谩ndose en estado de ver, se traen los autos en relaci贸n.
Con lo relacionado y considerando:
Primero.- Que, el recurso de protecci贸n tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando se han visto conculcadas, aun en grado de amenaza, las garant铆as constitucionales consagradas en el art铆culo 19 de la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica, seg煤n lo dispone el art铆culo 20 de la Carta Fundamental. En tales casos, la Corte de Apelaciones respectiva puede adoptar todas las medidas conducentes a lograr que cese la perturbaci贸n de tales garant铆as. Consecuencialmente, es necesaria la existencia de un acto u omisi贸n, ilegal y/o arbitrario que provoque la perturbaci贸n o amenaza.
Segundo.- Que, en la especie, se ha concurrido a solicitar el amparo constitucional por esta v铆a a favor del Comit茅 de Agua Potable Rural Lagunitas – Cardonal, en contra de los socios de la referida organizaci贸n, Jaime Campa帽a Nieto, Jos茅 Ulloa Mansilla y Luis Gonz谩lez Rodr铆guez, a quienes se atribuye la ejecuci贸n de actuaciones contrarias a los Estatutos sociales al haber provocado la destituci贸n del actual directorio, con infracci贸n de las normas que los rigen, a帽adiendo que en sesi贸n extraordinaria de 12 de octubre pasado, los recurridos se habr铆an apropiado de los libros del Comit茅.
Tercero.- Que, analizados los elementos de convicci贸n acompa帽ados por las partes, de acuerdo a las reglas de la sana cr铆tica, es dable dar por establecidos los siguientes hechos:
Que, conforme al certificado corriente a fojas 1, el Comit茅 de Agua Potable Rural Lagunitas – Cardonal se encuentra inscrito en el Registro de Juntas de Vecinos y dem谩s Organizaciones comunitarias de Puerto Montt, y su directiva, compuesta por un Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero, se encuentra vigente hasta el 15 de septiembre de 2016.
Que, forman parte de dicha directiva Juan Antonio R铆os, Gustavo Almonacid, H茅ctor Obando y Pablo Vargas, en los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero, respectivamente.
Que, conforme a los Estatutos de la organizaci贸n, agregados a fojas 51 y siguientes, es la Asamblea el 贸rgano resolutivo superior de la organizaci贸n y estar谩 constituido por la reuni贸n del conjunto de los afiliados; tales asambleas pueden ser ordinarias o extraordinarias, estas 煤ltimas se celebrar谩n cuando las cite el Presidente y Secretario o quienes estatutariamente los remplacen; tales asambleas se efectuar谩n previa citaci贸n del Presidente a iniciativa del Directorio o por el requerimiento de a lo menos el 25% de los socios, con una anticipaci贸n m铆nima de 5d铆as h谩biles a la fecha de su realizaci贸n. Por su parte el art铆culo 39 de los Estatutos establecen que los dirigentes cesar谩n en sus cargos, entre otras causales, por la censura acordada por los dos tercios de los miembros presentes en Asamblea Extraordinaria, especialmente convocada al efecto.
Que, conforme al Libro de Actas acompa帽ado por la recurrida, con fecha 5 de octubre del presente a帽o se realiz贸 Asamblea del Comit茅 presidida por el Tesorero de la organizaci贸n al no estar presentes el Presidente ni el Vicepresidente. El acta consigna que la asamblea exig铆a la renuncia del Presidente y del Vice Presiente. Se acuerda citar a una segunda convocatoria para exigir tales renuncias, la que se fija para el d铆a 12 de octubre siguiente.
Que, seg煤n acta del d铆a 12 de octubre de 2014, la que aparece suscrita por el Presidente, vicepresidente, tesorero y secretario del Comit茅 as铆 como por dos socios, el Presidente manifiesta que est谩 dispuesto a renunciar una vez que est谩 funcionando el pozo, sin embargo, ante la insistencia de la asamblea en cuanto a la renuncia de los dirigentes, 茅sta que aprueba por mayor铆a.
Que, con igual fecha aparece suscrita otra acta, eata vez por quien se denomina secretaria de la Comisi贸n Electoral. Hace presente que se acord贸 la renuncia del Directorio y que se eligi贸 una Comisi贸n Electoral para una nueva directiva para el Comit茅 en una elecci贸n a agendar.
Que, esta situaci贸n es comunicada al Tribunal Electoral mediante carta de 16 de octubre del presente.
Que, mediante carta de 26 de octubre dirigida al Presidente y Directorio del Comit茅, se cita a Asamblea Extraordinaria para el mismo d铆a 26, con el objeto de tratar la censura a la mesa directiva. Dicha misiva aparece firmada por 24 afiliados al Comit茅.
Cuarto.- Que, en las condiciones relacionadas previamente, surge que la pretendida remoci贸n del Directorio del Comit茅 de Agua Potable Rural Lagunitas – Cardonal no se ha ce帽ido a las normas estatutarias las que si bien prescriben como causal de cesaci贸n de los directores, la censura, 茅sta debe ser acordada por los dos tercios de los miembros presentes en Asamblea Extraordinaria especialmente convocada al efecto.
Quinto.- Que, en consecuencia, la forma como ha justificado su actuar la parte recurrida en sus respectivos informes corrientes a fojas 28, 30 y 32, no constituye la v铆a que en derecho corresponde para resguardar sus intereses y aparece, por el contrario, como una acci贸n voluntariosa que se aparta de la legalidad vigente, y tal como reiteradamente lo ha declarado esta Corte, al tomar el derecho en sus manos, conculca la garant铆a constitucional contemplada en el art铆culo 19 N潞 3 inciso quinto de la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica, que prescribe que “nadie puede ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que le se帽ale la ley y que se halle establecido con anterioridad a 茅sta”.
Por las consideraciones expuestas y lo dispuesto en los art铆culos 19 y 20 de la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica, y Autoacordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitaci贸n y Fallo del Recurso de Protecci贸n de Garant铆as Constitucionales, se acoge el interpuesto a fojas 9 por don Luis Fabi谩n Quel铆n Z煤帽iga, en representaci贸n del Comit茅 de Agua Potable Rural Lagunitas – Cardonal, en contra de Jaime Campa帽a Nieto, Jos茅 Ulloa Mansilla y Luis Gonz谩lez Rodr铆guez, en cuanto se declara que se restablece como directiva del referido Comit茅, la compuesta por Juan Antonio R铆os, Gustavo Almonacid, H茅ctor Obando y Pablo Vargas, en los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero, respectivamente, sin perjuicio del derecho de los afiliados de requerir su cesaci贸n de acuerdo a sus Estatutos.
Reg铆strese, comun铆quese y arch铆vese, en su oportunidad.
Redacci贸n del Ministro Titular don Jorge Ebensperger Brito.
Rol N潞 510-2014
Dictada por la Primera Sala integrada por el Presidente (S) don Jorge Ebensperger Brito, el Ministro Titular don Leopoldo Vera Mu帽oz y el abogado integrante don Mauricio C谩rdenas Garc铆a. Autoriza do帽a Lorena Fresard Briones, Secretaria Titular.
En Puerto Montt, tres de diciembre de dos mil catorce, notifiqu茅 por el estado diario la resoluci贸n que antecede.