VISTO:
Atendido el merito de los antecedentes, SE CONFIRMA la sentencia de fecha veintis茅is de septiembre del a帽o dos mil seis, escrita a fojas 8 y siguientes de esta carpeta, en cuya virtud se declara terminado por divorcio el matrimonio celebrado entre don MARCO ANTONIO VILLAGRA CASTRO y do帽a MIRIAM DEL CARMEN MALDONADO ULLOA, el d铆a 10 de diciembre del a帽o 1997, inscrito bajo el numero 991 del Registro de Matrimonios correspondiente al mismo a帽o, de la Circunscripcio贸 del Registro Civil de Iquique.
Se observa a la Sra. Presidente del Comit茅 de Jueces del Tribunal de Famila de Iquique, el haber suscrito las actas de las audiencias de los d铆as 16 de junio y 26 de septiembre del a帽o en curso, practica que no es aceptable en los tribunales, debiendo haber sido suscritas ellas por la Sra. Juez que intervino en la mismas, o, en su defecto, autorizadas por un ministro de fe de dicho tribunal.
Registrese y devuelvase.
Rol N" 317-2006--
MARIO ENRIQUE AGUILA INOSTROZA
Abogado U. Cat贸lica de Chile
http://aucia.cl
Puerto Montt
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