La Corte de Apelaciones de Santiago confirm贸 la sentencia que declar贸 la prescripci贸n extintiva de cobro de impuestos al valor agregado e impuestos por multas laborales.
En fallo un谩nime (causa rol 9.327-2018), la Und茅cima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Manuel Mu帽oz Pardo, Jorge Zepeda Arancibia y Fernando Carre帽o Ortega– confirm贸 la sentencia impugnada, dictada por el 13° Juzgado Civil de Santiago, que acogi贸 la demanda y orden贸 a la Tesorer铆a General de la Rep煤blica la eliminaci贸n de los registros de deuda del contribuyente.
"Sobre la base de lo anterior y teniendo en consideraci贸n que la notificaci贸n y requerimiento de pago al deudor se verific贸 los d铆as 24 de enero de 2006 y 14 de noviembre de 2008, entonces en esas fechas se interrumpieron los plazos de prescripci贸n, comenzando a partir de ese momento un nuevo t茅rmino de 3 a帽os seg煤n lo establecido por el art铆culo 201 del C贸digo Tributario", sostiene el fallo de primera instancia.
La resoluci贸n confirmada agrega que: "Lo razonado permite concluir que entre la fecha de las notificaciones administrativas y la presentaci贸n de la demanda -4 de julio de 2018- transcurri贸 con creces el t茅rmino de prescripci贸n, motivo por el cual se har谩 lugar a la pretensi贸n".
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