Chill谩n, cinco de noviembre de dos mil cuatro.
VISTOS:
A fojas 1 comparecen don H茅ctor Manuel S. S. , empresario, don H茅ctor Pablo S. O. , mayorista, por s铆 y en representaci贸n de Comercial Maderas S. Ltda., todos con domicilio Avda. S. Bustos 1181, Chill谩n e interponen recurso de protecci贸n en contra de la Unidad Chill谩n del Servicio de Impuestos Internos, representada por don Ignacio Gonz谩lez Mancilla, jefe de unidad, ambos con domicilio en Avenida Libertad s/n, Edificios P煤blicos de esta ciudad. Fundan el recurso en que la recurrida, a trav茅s de sus funcionarios ha incurrido en pr谩cticas arbitrarias e ilegales, que vulneran su derecho a la libertad de trabajo, el respeto a la vida privada y la honra de las personas y el derecho a desarrollar una actividad econ贸mica, lo cual importa una privaci贸n a los derechos garantizados por la Constituci贸n Pol铆tica (sic), consistentes en restricciones al timbraje de boletas, gu铆as de despacho y facturas, en circunstancia que, de otro lado, fueron multados por la infracci贸n cometida en el art铆culo 97 N潞 10, por no emitir facturas de venta. Adem谩s, respecto al recurrente S. S. se public贸 en internet que en su contabilidad existen facturas falsas, respecto de lo cual expone los motivos para desvirtuar esa afirmaci贸n. En relaci贸n a los recurrentes S. O. y Comercial Maderas S. Ltda., se inform贸 a 茅ste que sus facturas ser铆an timbradas dependiendo del monto de la transacci贸n, describiendo c贸mo dicha medida es ilegal, pues han cumplido con todos los requerimientos que le formulan los funcionarios fiscalizadores. Analiza c贸mo los hechos descritos vulneran los N潞 4, 16 y 21 del art铆culo 19 de la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica y pide tener por interpuesto el recurso para que se declare que se elimina toda observaci贸n en internet respecto de los recurrentes, se hace devoluci贸n de la documentaci贸n contable retenida y autorizar el timbraje de los documentos mercantiles que expresa, con costas.