Santiago,
veinticinco de marzo de dos mil catorce.
Vistos
y teniendo adem谩s presente:
Primero: Que
la Junta de Vigilancia de la Tercera Secci贸n del R铆o Aconcagua ha
deducido recurso de apelaci贸n en contra de la sentencia definitiva
dictada por la Corte de Apelaciones de Valpara铆so que rechaz贸 el
recurso de protecci贸n que interpuso respecto de la Junta de
Vigilancia de la Primera Secci贸n del referido r铆o, con motivo de
los actos ilegales en que, estima, 茅sta 煤ltima habr铆a incurrido en
desmedro de los derechos de aprovechamiento de agua de los usuarios
de la Tercera Secci贸n, al no respetar la forma y reglas legales,
contenidas en el art铆culo 314 del C贸digo de Aguas, conforme a las
cuales deber铆a realizarse la distribuci贸n de las aguas en 茅pocas
de extraordinaria sequ铆a como la que afecta actualmente al r铆o
Aconcagua.