Puerto Montt, treinta de agosto de dos mil diez.
Vistos:
En los antecedentes RUC 1040028012-1, Rit O-69-2010 del Juzgado de Letras del Trabajo de Castro, don Roberto A. Alarc贸n Vel谩squez, abogado de la parte demandada, Invertec Pesquera Mar de Chilo茅 S.A., recurre de nulidad para que se invalide total o parcialmente el procedimiento, conjuntamente con la sentencia definitiva de fecha 5 de julio 煤ltimo, pronunciada por el juez don Eduardo Ram铆rez Urquiza, la que acogi贸 la demanda interpuesta por Antonio Eladio Aguila C谩rdenas, condenando a aquella al pago de las prestaciones que se帽al贸, mas las costas de la causa.
Y teniendo, adem谩s, presente:
PRIMERO: Que, el recurrente ha formulado su recurso fund谩ndolo en la causal prevista en el inciso 1° del art铆culo 477 del C贸digo del Trabajo, esto es, cuando en la tramitaci贸n del procedimiento o en la dictaci贸n de la sentencia definitiva se hubieren infringido sustancialmente derechos o garant铆as constitucionales. Sostiene que en la tramitaci贸n del juicio se ha conculcado la garant铆a contemplada en el inciso 5° del numeral 3° del art铆culo 19 de la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica, que consagra el derecho al debido proceso, toda vez que se priv贸 a su parte, sin existir fundamento, del derecho a ofrecer y rendir la prueba para acreditar los fundamentos de su pretensi贸n, priv谩ndosele del derecho a un procedimiento justo y racional y del derecho a la defensa. Al efecto, refiere que en la audiencia preparatoria celebrada el 29 de junio pasado, el tribunal se帽al贸 que la parte demandada – es decir, su representada -, se encuentra en rebeld铆a al haber contestado en forma extempor谩nea la demanda y ante esa circunstancia no existen hechos controvertidos, por lo que el juez hizo uso de la facultad del art铆culo 453 N° 1, inciso 7°, citando de inmediato a audiencia para o铆r sentencia. Agrega que solicit贸 reposici贸n en contra de la resoluci贸n que no cit贸 a audiencia de prueba y el juez mantuvo su decisi贸n de citar a notificaci贸n de sentencia.