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viernes, 31 de enero de 2020

Responsabilidad civil del Estado por violaci贸n a los derechos humanos

Santiago, veinte de enero dos mil veinte.

Vistos:

En estos autos Rol N° 23093-19, de esta Corte Suprema, el Primer Juzgado Civil de Concepci贸n, en procedimiento ordinario de indemnizaci贸n de perjuicios, por sentencia de tres de agosto de dos mil dieciocho, complementada el treinta de marzo de dos mil diecinueve, se acogi贸 la demanda deducida por don Carlos Alegr铆a Palaz贸n, en representaci贸n de Leandro Antonio Jarpa Ortiz contra el Fisco de Chile, conden谩ndolo a pagar la suma de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos), como resarcimiento del da帽o moral padecido.

Se confirm贸 la sentencia que acogi贸 demanda de cumplimiento forzado de contrato e indemnizaci贸n de perjuicios deducida en contra de empresa-.

Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinte.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

Primero: Que en este procedimiento ordinario seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Copiap贸, bajo el Rol C-148-2015 y caratulado “Gonz谩lez con Aguas Cha帽ar”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casaci贸n en el fondo deducido por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de esa ciudad de fecha diecisiete de julio del a帽o dos mil diecinueve, que revoc贸 el fallo de primer grado de treinta y uno de mayo del a帽o dos mil dieciocho y, en su lugar, acogi贸 parcialmente la acci贸n.

mi茅rcoles, 29 de enero de 2020

Multa aplicada por el Consejo Nacional de Televisi贸n a la empresa Red de Televisi贸n por difundir im谩genes de atropello en horario de protecci贸n a menores

Santiago, veintid贸s de enero de dos mil veinte.

Proveyendo los escritos folios 13 y 14; t茅ngase presente.

Vistos:

Se dedujo el recurso de apelaci贸n por Red de Televisi贸n Chilevisi贸n, en contra de la resoluci贸n de 20 de noviembre de 2019, N° 1718, del Consejo Nacional de Televisi贸n, que la sancion贸 con 150 UTM por exhibir en el noticiario “Chilevisi贸n Noticias Central”, el 14 de mayo de 2019, entre las 20:31 y 20:33 horas, contenidos audiovisuales con caracter铆sticas truculentas y sensacionalistas, las que podr铆an incidir negativamente en el bienestar y la estabilidad emocional de los menores de edad.

Corte rechaz贸 un recurso de casaci贸n por cobro de obligaciones tributarias deducido por la Tesorer铆a General de la Rep煤blica.

Santiago, trece de enero de dos mil veinte.

Vistos:

En los autos Rol N°24.160-2019 de esta Corte Suprema, sobre juicio ejecutivo de cobro de obligaciones tributarias, deduce recurso de casaci贸n en el fondo el abogado se帽or Javier Cantuarias Stamatakos en representaci贸n del ejecutante, Tesorer铆a General de la Rep煤blica, en contra de la sentencia dictada el once de julio del presente del a帽o dos mil diecinueve por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirm贸 el fallo de primer grado que, a su turno, acogi贸 el incidente de decaimiento del procedimiento ejecutivo especial de cobro de impuestos.

Que se trajeron los autos en relaci贸n para conocer de ese recurso.

Se declar贸 inadmisible recurso de unificaci贸n de jurisprudencia y se confirm贸 la sentencia que rechaz贸 demanda por despido injustificado de trabajador desvinculado de Banco.

Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos y teniendo presente:

Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso s茅ptimo del art铆culo 483-A del C贸digo del Trabajo, se orden贸 dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificaci贸n de jurisprudencia deducido por el demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechaz贸 el de nulidad que interpuso con la finalidad de invalidar la de base que no hizo lugar a la demanda.

martes, 28 de enero de 2020

Corte acogi贸 recurso de protecci贸n y orden贸 a la Isapre cubrir el costo total de estimulador cerebral profundo que requiere afilado para tratar patolog铆a catastr贸fica.

Santiago, veintid贸s de enero de dos mil veinte.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada.

Y se tiene en su lugar adem谩s presente:

Primero: Que, en estos autos, se interpuso recurso de protecci贸n en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A. por la negativa de dar Cobertura Adicional de Enfermedades Catastr贸ficas (CAEC) para cubrir el costo del dispositivo denominado Estimulador Cerebral Profundo (DBS) que requiere el recurrente, se帽alando como justificaci贸n de dicha determinaci贸n que 茅ste carece de c贸digo Fonasa.

Mandato judicial antiguo no sirve para absolver posiciones porque no se otorg贸 especialmente para ello

Santiago, ocho de enero de dos mil veinte.

Vistos:

Que el abogado Jos茅 Luis Flores Quintana, por la demandada, recurre de nulidad contra la sentencia de fecha cuatro de julio de dos mil diecinueve dictada en causa caratulada “Salinas con Supermercados La Africana S.A.”, RIT N° O-498-2019, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por despido injustificado y cobro de prestaciones, que acogi贸 la demanda y declar贸 injustificado el despido del demandante, y conden贸 a la demandada a pagar al actor las prestaciones que se帽ala, rechaz贸 la demanda en todo lo dem谩s, pagando cada parte sus costas.

Fundaci贸n educacional, deber谩 pagar indemnizaci贸n a padres de alumno afectado por acoso escolar.

Santiago, treinta de diciembre de dos mil diecinueve.

Visto y teniendo presente:

Primero: Que en este juicio ordinario de indemnizaci贸n de perjuicios por responsabilidad contractual e indemnizaci贸n de perjuicios, tramitado ante el 2° Juzgado de Letras de Buin, bajo el Rol C-2161-2017, caratulada “Rodrigo Espinoza M. y otros con Fundaci贸n Educacional Cardenal Caro”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casaci贸n en el fondo deducido por la demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, de fecha diez de julio del a帽o en curso, que confirm贸 con declaraci贸n y reduce a $500.000 el monto que procede regular en favor de la madre del ni帽o do帽a Carolina del Carmen Maldonado Mart铆nez, y a $500.000 el monto respecto del padre, Rodrigo Hern谩n Espinoza Fuentes, en ambos casos a t铆tulo de indemnizaci贸n de perjuicios por da帽o moral, todo con reajustes e intereses.

lunes, 27 de enero de 2020

Corte acogi贸 demanda por despido indirecto y ordeno pagar indemnizaci贸n por da帽o moral.

Santiago, tres de enero de dos mil veinte.

Vistos:

Que el abogado Cristi谩n Wagner Vergara, por la demandada, recurre de nulidad contra la sentencia de fecha 26 de agosto de 2019 dictada en causa de procedimiento de aplicaci贸n general caratulada “Rojas con Construmart S.A.”, RIT N潞 T-724-2018, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por denuncia de tutela laboral, nulidad del despido, despido indirecto, indemnizaci贸n por a帽os de servicio, da帽o moral y cobro de prestaciones laborales, que rechaz贸 la excepci贸n de legitimidad pasiva, omiti贸 pronunciamiento sobre la excepci贸n de caducidad, rechaz贸 en todas sus partes la denuncia por vulneraci贸n de garant铆as constitucionales, rechaz贸 la demanda por indemnizaci贸n de perjuicios por da帽o moral, y acogi贸 parcialmente la demanda, declar贸 el despido indirecto de la demandante y conden贸 a la demandada al pago de las sumas que se帽ala por los conceptos que indica, reajustadas y con los intereses de los art铆culos 63 y 173 del C贸digo del Trabajo, sin costas.

Por actuar ilegal y arbitrario, se rechaza recurso de protecci贸n contra inmobiliaria por toma de muestra de terreno.

Valpara铆so, veintiuno de enero de dos mil veinte.

VISTO:

A folio 1, comparece el abogado Gabriel Mu帽oz Mu帽oz, en representaci贸n de la CORPORACI脫N PRO DEFENSA DEL PATRIMONIO HIST脫RICO Y CULTURAL DE VI脩A DEL MAR y de las siguientes personas naturales: PALOMA ANDREA VILLARROEL CORNEJO, RA脷L CARO HIDALGO, EVELYN PRISCILA S脕NCHEZ TORRES, GONZALO PAVEZ SEP脷LVEDA, MACARENA IGNACIA RIVEROS ROJAS, y JORGE ESTAY OLGUIN, quien deduce recurso de protecci贸n contra la INMOBILIARIA LAS SALINAS LIMITADA, fundado en que las actividades de medici贸n y muestreo que la recurrida realiz贸 el d铆a 2 de septiembre de 2019 en su terreno denominado “Las Salinas”, constituye un actuar ilegal y arbitrario que ha conculcado las garant铆as fundamentales consagradas en el art铆culo 19, n煤meros 1°, 8° y 24° de la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica.

jueves, 23 de enero de 2020

Corte rechaza no renovaci贸n de contrata, por no tener sustento tal resoluci贸n. Principio confianza leg铆tima

Valdivia, veintiuno de enero de dos mil veinte.

VISTOS:

El 25 de diciembre de 2019, en el folio 1 de la carpeta digital, comparece Francisco Antonio Valenzuela Marchant, funcionario p煤blico, operador de emergencias de la Central de Comunicaciones de Carabineros de Chile, Prefectura de Valdivia, domiciliado en calle Estocolmo 0182, Villa Europa de Valdivia, quien interpone recurso de protecci贸n en contra de la Direcci贸n de Personal de Carabineros de Chile y en subsidio, en contra de la Direcci贸n General de Carabineros de Chile, representada por el General Director Mario Rozas C贸rdova. Acusa un actuar ilegal y arbitrario al desvincularlo de la Instituci贸n aludida al no renovarle una contrata en la Prefectura de Carabineros n煤mero 23, sin haber mediado proceso disciplinario ni evaluativo que justifique la decisi贸n, habiendo desempe帽ado la funci贸n en forma permanente por m谩s de diez a帽os, vulner谩ndose su derecho de propiedad.

martes, 21 de enero de 2020

Se ordena pagar una indemnizaci贸n, al padre y hermanos de cabo de Carabineros que falleci贸, al ser impactado el radiopatrullas en el que se encontraba, por cami贸n que era objeto de una persecuci贸n policial.

Santiago, seis de enero de dos mil veinte.

VISTOS:

En los autos de esta Corte Rol N° 14.899-2018, sobre juicio ordinario de indemnizaci贸n de perjuicios por falta de servicio, caratulados “Gallardo Ruiz, Carlos Eduardo y otros con Fisco de Chile”, seguidos ante el Primer Juzgado Civil de San Miguel, Carlos Eduardo Gallardo Ruiz y Margarita del Rosario, Mar铆a Teresa, Carola Adriana, Carlos Eduardo, Jos茅 Francisco y Felipe Ignacio, todos de apellidos Gallardo Reyes, dedujeron demanda en contra del Fisco de Chile con el objeto de que se les resarzan los da帽os que han sufrido como consecuencia del fallecimiento de Paulina Aurora Gallardo Reyes, Cabo 2° de Carabineros, hija del actor Carlos Eduardo Gallardo Ruiz y hermana de los dem谩s demandantes.

jueves, 16 de enero de 2020

Se declar贸 inadmisible el recurso de protecci贸n presentado en contra de municipalidad local por t茅rmino anticipado a contrato de concesi贸n de parqu铆metros y multas la empresa.

Coyhaique, quince de Enero de dos mil veinte.

Con la cuenta del se帽or Relator y advirti茅ndose que la materia de la cual trata el presente recurso de protecci贸n corresponde a una supuesta decisi贸n arbitraria de poner t茅rmino anticipado a un contrato de concesi贸n y la aplicaci贸n de multas que denuncia la recurrente, asunto al que nuestro ordenamiento jur铆dico entrega herramientas legales previas para resolver esta clase de conflictos, tal como lo establece la acci贸n de reclamaci贸n establecida en el art铆culo 136 (hoy 151) de la Ley N° 18.695, Org谩nica Constitucional de Municipalidades, y considerando que el recurso de protecci贸n ha sido establecido como una v铆a r谩pida y expedita para solucionar o resguardar garant铆as constitucionales que puedan ser vulneradas, lo que a煤n no se divisa en el presente caso, ya que la materia propuesta en el recurso y los hechos que se mencionan, en la forma referida en 茅ste, a煤n pueden ser abordadas y resueltas por herramientas legales diversas, por lo que no corresponde servirse de esta v铆a proteccional para los fines que en 茅l se plantean, adoleciendo, entonces, el recurso deducido de manifiesta falta de fundamento y, atendido lo dispuesto en el N° 2 del Auto Acordado de la Excelent铆sima Corte Suprema sobre Tramitaci贸n del Recurso de Protecci贸n de Garant铆as Constitucionales, se declara INADMISIBLE el presente recurso de protecci贸n interpuesto con fecha trece de Enero de dos mil veinte, por don Jos茅 David Hidalgo Abarz煤a, en representaci贸n de Jos茅 David Hidalgo Abarz煤a Servicios Parking E.I.R.L., en contra de la Municipalidad de Coyhaique, representada por su Alcalde don Rigoberto Alejandro Huala Canum谩n; todo ello sin perjuicio de otras acciones que le asistan.

Reg铆strese y arch铆vese en su oportunidad.
Rol N° 21-2020 (Protecci贸n).

Pronunciado por la Primera Sala de la C.A. de Coyhaique integrada por Ministro Presidente Pedro Alejandro Castro E., Fiscal Judicial Gerardo Basilio Rojas D. y Abogado Integrante Fidel Gerardo Garcia G. Coyhaique, quince de enero de dos mil veinte.

En Coyhaique, a quince de enero de dos mil veinte, notifiqu茅 en Secretar铆a por el Estado Diario la resoluci贸n precedente.


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APORTES: Si tiene jurisprudencia de Chile interesante para publicar, por favor remita a informaci贸n del mismo a editor@jurischile.com ADVERTENCIA: Si se trata de una sentencia de Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra firme y ejecutoriado en el sitio del Poder Judicial.

mi茅rcoles, 15 de enero de 2020

Se rechaz贸 el recurso de protecci贸n interpuesto por estudiantes de educaci贸n superior que han actuado como veedores de derechos humanos en manifestaciones sociales- en contra del Ministerio del Interior y Seguridad P煤blica y Carabineros, por el uso de gases lacrim贸genos

Valdivia, trece de enero de dos mil veinte.

Visto:

Al recurso de protecci贸n que dio origen a esta acci贸n se han acumulado otros dos que inciden en la misma tem谩tica. El primero, de cuarenta y seis p谩ginas, fue presentado el 12 de noviembre de 2019 por el rector, la presidenta del sindicato de docentes y la presidenta de la federaci贸n de estudiantes, todos de la Universidad Austral de Chile, se帽or Oscar Galindo Villarroel, se帽oras Claudia Letelier Vel谩squez y Fernanda Teresa Ayelen P茅rez Sep煤lveda, quienes comparecen en el desempe帽o de sus funciones de tutela del conjunto de su comunidad universitaria, incluyendo estudiantes y funcionarios(as), acad茅micos (as) y no acad茅micos( as) de la Universidad Austral de Chile, en contra de Carabineros de Chile, instituci贸n representada por su General Director se帽or Mario Alberto Rozas C贸rdova, acusando un actuar ilegal y arbitrario al utilizar la escopeta antidisturbios que lanza balines de goma y plomo, viendo amenazado y perturbado su derecho a reunirse pac铆ficamente y participar de marchas por la ciudad, adem谩s, vi茅ndose amenazada la integridad f铆sica y ps铆quica de los recurrentes y miembros de la comunidad universitaria (estudiantes, trabajadores, docentes y no docentes) ante la posibilidad de experimentar lesiones de diversa 铆ndole, en particular oculares.

lunes, 13 de enero de 2020

Reclamaci贸n de laboratorios fue rechazada, y ordena entrega de informaci贸n por ley de transparencia.

Santiago, siete de enero de dos mil veinte.

Vistos:

1°.- Que, en atenci贸n a que de la vista conjunta que se orden贸 y materializ贸 en la audiencia del d铆a 30 de octubre pasado en estos ingresos, todos de esta Corte de Apelaciones, roles N潞 445-2018, 455-2018 y N潞 460 - 2018, seguidos en contra del Consejo para la Transparencia, por reclamos de ilegalidad deducidos por Medical International Laboratories Corporation S.A. (Mintlab); Eurofarma Chile y Laboratorios Bag贸 de Chile S.A., respectivamente, se pudo concluir que est谩n dirigidos en contra del mismo acto o decisi贸n, cuyos fundamentos y alcances se entremezclan y con el objeto de evitar repeticiones del todo inoficiosas, es que ser谩n las tres resueltas en la presente sentencia, dej谩ndose un ejemplar de ella en cada ingreso.

Se ordena a empresa de revestimiento pagar indemnizaci贸n por concepto de da帽o emergente y da帽o moral.

Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve.

VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

Primero: Que en este procedimiento ordinario tramitado digitalmente ante el Vigsimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago bajo el rol C-27727-2017, caratulado “Correa con F谩brica de Pavimentos y Revestimientos Budnik Hnos. S.A.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casaci贸n en el fondo deducido por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha diecis茅is de agosto del a帽o en curso, que confirm贸 el fallo de primer grado pronunciado el diez de agosto de dos mil dieciocho, por el cual se acogi贸 parcialmente la demanda indemnizatoria, condenando a la demandada a pagar la suma de $5.921.175 por concepto de da帽o emergente y $3.000.000 como indemnizaci贸n por el da帽o moral causado.

Se acogi贸 demanda de autodespido de funcionaria de Municipalidad, quien se desempe帽贸 contratada a honorarios por 6 a帽os en el municipio.

Santiago, tres de enero de dos mil veinte.

Visto:

En estos autos RIT O-971-2018, RUC 1840140827-0, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia de ocho de marzo de dos mil dieciocho, se rechaz贸 la demanda interpuesta por do帽a Paola Beatriz Maldonado Roco en contra de la Municipalidad de La Pintana.

viernes, 10 de enero de 2020

Se acogi贸 la demanda por infracci贸n al derechos del autor presentada en contra de la empresa Administradora de Supermercados Express Limitada.

Santiago, dos de enero de dos mil veinte.

Vistos:

Antecedentes Generales

Primero: Que en autos sobre procedimiento sumario de la Ley 17.336, de Propiedad Intelectual, en juicio sobre cumplimiento de contrato de ejecuci贸n p煤blica de obras musicales, con indemnizaci贸n de perjuicios, la parte demandada interpuso recurso de casaci贸n en la forma; conjuntamente con Apelaci贸n, en contra de la sentencia que acogi贸 tachas y conden贸 a la demandada al pago de una tarifa pactada entre mayo y diciembre de 2017, con reajustes y al pago de una indemnizaci贸n de Perjuicios, conforme a lo pactado por las partes.

Recurso de nulidad del sii fue acogido por la corte y rechaza reclamo tributario de empresa de turismo.

Santiago, treinta de diciembre de dos mil diecinueve.

VISTOS:

En estos autos Rol N潞 1021-2018, se ha tramitado un procedimiento de reclamaci贸n tributaria en el que la parte reclamada del Servicio de Impuestos Internos (en lo sucesivo S.I.I.), en lo principal de fojas 531, dedujo recurso de casaci贸n en el fondo contra la sentencia de uno de diciembre de dos mil diecisiete, que se lee a fojas 527, dictada por la Corte de Apelaciones de Valpara铆so, que confirm贸 la de primer grado, de fecha siete de agosto de dos mil diecisiete, escrita a fojas 471, pronunciada por el Tribunal Tributario y Aduanero de la Regi贸n de Valpara铆so, que acogi贸 el reclamo deducido por Administradora de Turismo Rosa Agustina Ltda. (En adelante “Rosa Agustina”), y dej贸 sin efecto la partida N°2 de la Resoluci贸n Exenta N°6994/2014, de fecha 22 de septiembre de 2014, emitida por la V Direcci贸n Regional del S.I.I., por la que se elimin贸 la p茅rdida tributaria declarada por la sociedad contribuyente para el a帽o tributario 2012, por un monto de $1.607 millones, y se determin贸 una utilidad tributaria para dicho per铆odo por la suma de $ 1.268 millones.

Se confirma sentencia que condeno a empresa cementara por accidente fatal de trabajador.

Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve.

VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
Primero: Que en este procedimiento ordinario seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Temuco bajo el Rol C-1572-2017, caratulado Venegas/Gaspar Neira Balboa Baldosas y Tubos “ de Cemento E.I.R.L.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casaci贸n en el fondo deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco de fecha veintid贸s de mayo de dos mil diecinueve, que confirm贸 con declaraci贸n el fallo de primer grado de diecinueve de julio de dos mil dieciocho, por el cual se acogi贸 parcialmente la demanda y se conden贸 a la parte demandada al pago de diversos montos por concepto de da帽o moral en favor de las actoras, con costas.

jueves, 9 de enero de 2020

Empresa no puede descontar unilateralmente del sueldo, un bono pagado antes que no proced铆a

Santiago, ocho de enero de dos mil veinte.

VISTO:

En estos autos RIT I-259-2019, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Alimentos Fruna Limitada con Inspecci贸n Comunal del Trabajo de Maip煤”, por sentencia de ocho de julio pasado, se acogi贸 la reclamaci贸n judicial y se dej贸 sin efecto la multa impuesta. 

Demanda acogida por Despido injustificado y cobro de prestaciones presentadas en contra de reconocida cafeter铆a.

Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos y teniendo presente:

1 ) Que, en estos autos rol N ° °2204-2019 comparece do帽a MARIA TERESA QUINTANA ABBATE, abogada, en representaci贸n de la demandada STARBUCKS COFFEE CHILE S.A., quien interpone recurso de nulidad contra la sentencia definitiva dictada el 15 de julio de 2019 por el Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, la que acogi贸 la demanda y conden贸 a dicha demandada al pago de diversas prestaciones.

Se ordena reincorporar a su puesto de trabajo y pagar remuneraciones a trabajador que fue desvinculada por fuero maternal.

Santiago, seis de enero de dos mil veinte.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepci贸n de sus fundamentos cuarto a und茅cimo, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y adem谩s presente:

Primero: Que en estos autos Marcela Aedo Salda帽a ha deducido recurso de protecci贸n en contra de la Contralor铆a General de la Rep煤blica Regional del Bio Bio y de la Junta Nacional de Jardines Infantiles Regi贸n del Bio Bio, impugnando el Oficio N° 3.247 de 22 de abril de 2019, emitido por aquel ente contralor, que dictamin贸 que el cese dispuesto con fecha 20 de agosto de 2018 por la Junta Nacional de Jardines Infantiles respecto de la contrataci贸n de reemplazo de la actora se ajusta a la jurisprudencia administrativa existente entonces, careciendo la recurrente, en tanto, del derecho a fuero maternal que pretende; acto que considera ilegal y arbitrario por los motivos que expone -en especial el estado de embarazo que entonces cursaba- y vulnerador de las garant铆as constitucionales consagradas en los numerales 1, 2, 3, 16 y 24 del art铆culo 19 de la Carta Fundamental. Pide dejar sin efecto el acto recurrido y ordenar al municipio disponga que sea reincorporada a su puesto de trabajo con pago de todas sus remuneraciones y dem谩s prestaciones devengadas a su favor a partir del d铆a 20 de agosto de 2018.

CORTE acoge recurso de protecci贸n contra el fondo nacional de salud por cambio en pago de prestaciones.

Santiago, siete de enero de dos mil veinte.

Vistos y considerando:

1°.- Que, comparece Gabriela Novoa Mu帽oz, abogada, en representaci贸n de la Pontificia Universidad Cat贸lica de Chile, en adelante PUC, interponiendo acci贸n constitucional de protecci贸n en contra del Fondo Nacional de Salud, en adelante Fonasa, por realizar actos ilegales y arbitrarios en su perjuicio, los que vulneran sus garant铆as constitucionales consagradas en los numerales 2°, 22° y 24°, todos del art铆culo 19 de la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica.

Se acogi贸 parcialmente el recurso de casaci贸n y reclamaci贸n tributaria presentada por empresa de inversiones, en contra del (SII).

Santiago, treinta de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos:

En estos autos Rol N° 40.037-17 de esta Corte Suprema, referidos a un procedimiento de reclamaci贸n iniciado por INVERSIONES ERR脕ZURIZ LIMITADA, se dict贸 sentencia de primer grado el veintiuno de marzo de dos mil diecis茅is, en virtud de la cual se hizo lugar en parte al reclamo presentado contra las Liquidaciones N°s. 47, 48 y 49, de fecha 28 de octubre 2008, confirmando en todas sus partes las N°s. 47 y 49, por diferencias en la determinaci贸n del Impuesto de Primera Categor铆a del a帽o tributario 2006, y por reintegro del art铆culo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, del per铆odo mayo de 2007, y ordenando modificar la N° 48, por diferencias en la determinaci贸n del impuesto de Primera Categor铆a, correspondientes al a帽o tributario 2007.

Empresa de servicios funerarios, deber谩 pagar indemnizaci贸n a demandante que sufri贸 ca铆da en foso que estaba cubierto por una alfombra.

Santiago, veintitrs de diciembre de dos mil diecinueve.

VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

Primero: Que en este procedimiento ordinario sobre indemnizaci贸n de perjuicios por responsabilidad extracontractual, seguido ante el Vig茅simo Segundo Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol 15.021-2018, caratulado “Mart铆nez Medina, Henry del Carmen/Inmobiliaria Parques y Jardines S.A.”, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casaci贸n en el fondo deducido a fojas 266 por la demandada en contra de la sentencia dictada por la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad de fecha dos de mayo del a帽o en curso, que confirm贸 el fallo de primer grado de veintiocho de febrero de dos mil dieciocho, que rola a fojas 196 y siguientes, por el cual se acogi贸 parcialmente la demanda, sin costas.

mi茅rcoles, 8 de enero de 2020

Recurso de protecci贸n fue rechazado, por cierre temporal cursos de ense帽anza.

Santiago, treinta de diciembre de dos mil diecinueve.

VISTOS Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que, comparecen do帽a Dafne Concha Ferrando, Claudio Le贸n Carrasco, do帽a Pat r icia Ortega Valenzuela, do帽a Magaly Hern谩ndez Ojeda, do帽a Paula Molina Soto, do帽a Les lie Matus Balt ierra, Lutgarda Rodr铆guez Poblete, do帽a Lorena Santelices Donoso y do帽a Nadia 脕valos Olmos , quienes en representaci贸n propia y en favor de la Comunidad Escolar del Colegio Echaurren, sede Maip煤, deducen recurso de protecci贸n en contra del sostenedor don Gonzalo Pat ricio 脕vi la Candia, en raz贸n de la decisi贸n de cierre de la Ense帽anza Media a contar del a帽o escolar 2020, lo que estima vulneratoria de las garant铆as contenidas en los numerales 1, 2, 11 y 24 del art铆culo 19 de la Carta Fundamental, por lo que piden que se declare que aqu茅lla es arbitraria e ilegal, ordenando dejarla sin efecto, en forma inmediata, con costas.

Se rechaz贸 el recurso de nulidad interpuesto por empresa Cervecera . en contra de la sentencia que la conden贸 al pago de una multa, por vulnerar la libertad sindical y le orden贸 adoptar una serie de medidas de no discriminaci贸n entre trabajadores sindicalizados y no sindicalizados.

Valdivia, seis de enero de dos mil veinte.

VISTOS:

Que el se帽or Luis Alejandro Dur谩n Roubillard, abogado, por la denunciada, en causa RUC N° 19-4-0194710-0, RIT S-6-2019, caratulada “Inspecci贸n Provincial del Trabajo de Valdivia con Cervecer铆a Kunstmann Ltda.”, dedujo recurso de nulidad en contra de sentencia de 12 de noviembre de 2019, pronunciada por la se帽ora Inge Karen M眉ller M茅ndez, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, que acogi贸 la denuncia deducida por la Inspecci贸n del Trabajo de Valdivia, sin costas, como se transcribe a continuaci贸n:

Corte rechaz贸 la demanda por eventual infracci贸n a la ley de propiedad intelectual deducida por el uso de la expresi贸n "101 palabras" en concurso literario organizado por la Secretar铆a Regional Ministerial de Salud de Magallanes.

Santiago, treinta de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos:

En estos autos Rol N° 2015-19 de esta Corte Suprema, el Fisco de Chile ha deducido recurso de casaci贸n en el fondo contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago con fecha cuatro de octubre de dos mil dieciocho, por la cual confirma la pronunciada por el 19° Juzgado Civil de la misma ciudad de cuatro de septiembre de dos mil diecisiete, que acoge la demanda presentada por Asesor铆as Profesionales Limitada en contra del Ministerio de Salud, declarando que, se ordena a la demandada cesar de inmediato en el uso ilegal de la denominaci贸n “101 Palabras” en todas sus formas y por cualquier medio, especialmente el uso de toda publicidad en la p谩gina web de la demandada; se condena a la demandada a pagar a la demandante los perjuicios causados a 茅sta con su il铆cito actuar, perjuicios cuya naturaleza y monto se determinar谩n en el cumplimiento del fallo; se ordena a la demandada publicar esta sentencia en un diario a elecci贸n de la demandante; y, se condena en costas a la demandada.

martes, 7 de enero de 2020

Se rechaz贸 la demanda presentada por empresa Seguridad. en contra de Hospital.

Santiago, veintis茅is de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos:

En estos autos Rol N° 16220-2016 del D茅cimo Juzgado Civil de Santiago sobre juicio ordinario de indemnizaci贸n de perjuicios por falta de servicio, caratulado “Servicio Integral TMI S.A. con Hospital Dr. F茅lix Bulnes Cerda/ Servicio de Salud Metropolitano Occidente”, por sentencia definitiva de primera instancia de veinte de julio de dos mil dieciocho, escrita a fojas 258, se rechaz贸 la demanda incoada, sin costas.

Se orden贸 a la empresa de Chocolates. restablecer las condiciones laborales en que desempe帽aba la trabajadora quien demando, por alteraci贸n unilateral del contrato de trabajo en forma no ajustada a derecho.

Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos y teniendo presente:

Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 782 del C贸digo de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casaci贸n en el fondo interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechaz贸 su recurso de nulidad contra el fallo dictado por el tribunal de la instancia, que rechaz贸 su reclamaci贸n.

Se ordena a CONADI entregar informes atrasados a comuneros para tramitar causas judiciales.

Valdivia, seis de enero de dos mil veinte.

VISTOS:

El 30 de noviembre de 2019 comparecen la abogada Viviana Dominique Soto Y谩帽ez y el abogado Jorge Antonio Acu帽a Reyes, en favor de ocho personas, presentando recurso de protecci贸n en contra de la Direcci贸n Regional Los R铆os de la Corporaci贸n Nacional de Desarrollo Ind铆gena, representada por su Director Regional Sergio Marcelo B贸rquez Ojeda, acusando un actuar ilegal y arbitrario, al incumplir un compromiso alusivo a la entrega de informes pendientes en causas tramitadas conforme la legislaci贸n ind铆gena. Los informes de 铆ndole social t茅cnico y jur铆dico deb铆an entregarse en principio, dentro de quince d铆as desde la recepci贸n del oficio emanado del correspondiente tribunal, conforme el art铆culo 56 n煤mero 7 de la ley 19.253, superando este tiempo en m谩s de dos a帽os, comprometi茅ndose recientemente, en un oficio dirigido a la secretar铆a de la Corte, a entregarlos el 31 de octubre de 2019. No cumpliendo en esta 煤ltima fecha acusan vulneraci贸n a su derecho al debido proceso e igualdad ante la ley, con repercusi贸n en su derecho de propiedad.

jueves, 2 de enero de 2020

Se acogi贸 demanda y orden贸 el cese del uso gratuito de inmueble, ubicado en la comuna de Vicu帽a, que pertenece a sucesi贸n hereditaria

Santiago, diecis茅is de diciembre de dos mil diecinueve.

VISTOS:

En autos Rol C-187-2017, seguidos ante el Juzgado de Letras de Vicu帽a, caratulados “Tapia con Tapia”, por sentencia de trece de diciembre de dos mil diecisiete, se rechaz贸 la demanda de cese de goce gratuito de inmueble, deducida por la sucesi贸n quedada al fallecimiento de don Nelson Hern谩n Tapia Salazar en contra de don Marcial Enrique Tapia Salazar.

Recurso de nulidad, invocando las causales establecidas en los art铆culos 477, por infracci贸n de lo que disponen los art铆culos 289 letras a) y f) y 291 letra a) del citado c贸digo, y 478 letras c) y e) del C贸digo del Trabajo.

Santiago, seis de abril de dos mil diecisiete.

Vistos:

En autos n煤mero de Rit T-4-2015, del Juzgado de Letras de Tom茅, caratulados "Fuentealba y otro con Ilustre Municipalidad de Tom茅", por sentencia de veinte de junio de dos mil diecis茅is, se acogi贸 la denuncia de pr谩cticas antisindicales del empleador, solo en cuanto se estableci贸 que atent贸 contra la libertad sindical, incurriendo en la comisi贸n de aquellas conductas prohibidas por los art铆culos 289 letras a) y f) y 291 letra a) del C贸digo del Trabajo, conden谩ndoselo a abstenerse de aplicar medidas disciplinarias a los dirigentes sindicales denunciantes en virtud del procedimiento sumarial llevado a cabo; que dicho proceso debe llevarse a efecto con pleno respeto a la calidad que tienen de trabajador y dirigente de la asociaci贸n de funcionarios, d谩ndoles el trato que corresponde de conformidad a la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica y las leyes; que debe cesar total y absolutamente la aplicaci贸n del Estatuto Administrativo en su art铆culo 3 inciso 2°, en todo lo referente a imponerles medidas disciplinarias y sanciones que no proceden para trabajadores regulados por el C贸digo del Trabajo; y al pago de una multa equivalente a cien unidades tributarias mensuales a t铆tulo de sanci贸n, de conformidad a lo dispuesto en el art铆culo 292 del C贸digo del Trabajo, en beneficio del Servicio Nacional de Capacitaci贸n y Empleo.

Se orden贸 a empresa de telecomunicaciones restituir inmueble y pagar la obligaci贸n condicional contra铆da.

Santiago, diecis茅is de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos:

En autos Rol C-1462-2017, caratulados “Muro con Entel S.A.”, seguidos ante el Tercer Juzgado Civil de Temuco, por sentencia de treinta de agosto de dos mil diecisiete, se acogi贸 la demanda de restituci贸n del inmueble arrendado interpuesta por do帽a Jessica Acu帽a G贸mez, en representaci贸n de don Jaime Muro Cuadra, en contra de Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. (ENTEL), s贸lo en cuanto: 

Corte confirm贸 la sentencia que rechaz贸 la demanda presentada por paciente en contra de cl铆nica dental, por las lesiones que present贸 tras intervenci贸n de implantes.

Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve.
Visto y teniendo presente:

Primero: Que en esta causa seguida ante el 5° Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-27.531-2.014, caratulada “Le Roy con Cl铆nica Dental Cumbres S.A.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casaci贸n en el fondo interpuesto por la parte demandante, en contra de la sentencia de segunda instancia, dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad de fecha veinte de diciembre del a帽o dos mil dieciocho, escrita a fs. 323, que confirm贸 la sentencia de primer grado de dos de octubre del a帽o dos mil diecisiete, que se lee a fs. 221 y siguientes, que rechaz贸 la demanda.