Enlace a Perplexity Deep Research

馃攳
Buscar Jurisprudencia con INTELIGENCIA ARTIFICIAL aqu铆: PERPLEXITY (opci贸n Investigaci贸n Profunda).
Es m谩s lento, pero m谩s eficiente, con resultado que incluye doctrina (Sin versi贸n PRO, hay 5 b煤squedas de Investigaci贸n Profunda por d铆a).
Instrucciones: 1. Tras pinchar el enlace de arriba, aseg煤rate que est茅 seleccionado el modelo "Investigaci贸n Profunda - Deep Research"
2. En el campo de b煤squeda, copia y pega esta instrucci贸n precisa: Buscar jurisprudencia en jurichile.com, entregando la URL de cada sentencia, incluyendo en lo posible 10 resultados, con un resumen de 5 l铆neas por sentencia. Tema: [TU TEMA AQU脥]
B煤squeda potenciada por perplexity.com

s谩bado, 31 de julio de 2021

Si el despido por necesidades de la empresa no es justificado, no procede descuento de cotizaciones de seguro de desempleo .

Suprema, 66990-2020. Unificaci贸n de jurisprudencia. Si despido por necesidades de la empresa no es justificado no procede descuento de cotizaciones de seguro de desempleo 


Sumario: Esta Corte posee un criterio asentado sobre la materia de que se trata, que ha sido expresado en sentencias previas, como son las pronunciadas en los autos Rol N° 2.778-2015, 12.179-2017 y 23.180-2018, entre otras, y m谩s recientemente en los antecedentes N° 36.657-2019, 174-2020 y 25.780-2019, en las que se ha declarado que “una condici贸n sine qua non para que opere –el descuento- es que el contrato de trabajo haya terminado por las causales previstas en el art铆culo 161 del C贸digo del Trabajo”. De manera que “la sentencia que declara injustificado el despido por necesidades de la empresa priva de base a la aplicaci贸n del inciso segundo del art铆culo 13 de la ley ya tantas veces


citada”. Por consiguiente, tanto la indemnizaci贸n por a帽os de servicio como la imputaci贸n de la parte del saldo de la cuenta individual por cesant铆a constituyen un efecto que emana de la exoneraci贸n prevista en el art铆culo 161 del C贸digo del Trabajo. En consecuencia, si el t茅rmino del contrato por necesidades de la empresa fue considerado injustificado por la judicatura laboral, simplemente no se satisface la condici贸n, en la medida que el despido no tuvo por fundamento una de las causales que prev茅 el art铆culo 13 de la Ley N° 19.728. Adicionalmente, el considerar la interpretaci贸n contraria podr铆a importar un incentivo a la invocaci贸n de una causal errada, validando un aprovechamiento del propio dolo o torpeza, por cuanto significar铆a que un despido injustificado, en raz贸n de una causal impropia, producir铆a efectos que benefician a quien lo practica, a pesar de que la sentencia declare la causal improcedente e injustificada. En efecto, mal podr铆a validarse la imputaci贸n a la indemnizaci贸n si lo que la justifica ha sido declarado injustificado, entenderlo de otra forma tendr铆a como corolario que declarada injustificada la causa de la imputaci贸n, se otorgara validez a la consecuencia, logrando as铆 una inconsistencia, pues el despido ser铆a injustificado, pero la imputaci贸n, consecuencia del t茅rmino por necesidades (Corte Suprema, Cuarta Sala, 21 de julio de 2021, Rol 66990-2020).


TELEGRAM Reciba en su Telegram los 煤ltimos fallos que publicamos: ver en barra derecha APORTES: Si tiene jurisprudencia de Chile interesante para publicar, m谩ndela a Contacto, en barra derecha
ADVERTENCIA: Si se trata de una sentencia de Corte de Apelaciones o Juzgado, verifique si se encuentra firme y ejecutoriado en el sitio del Poder Judicial.