Santiago, doce de Octubre de dos mil dieciocho
VISTOS
Con fecha 2 de noviembre de 2017, comparece el abogado Patricio Villegas
Castro, domiciliado en Bernarda Mor铆n N°435, comuna de Providencia, en
representaci贸n de la Sociedad Chilena de Autores e Int茅rpretes Musicales, entidad
de Gesti贸n Colectiva de Derechos Intelectuales, representada por su Director
General, Juan Antonio Dur谩n Gonz谩lez, ingeniero civil, ambos domiciliados en
Condell N潞346, comuna de Providencia, quien expone que Administradora de
Supermercados Express Limitada, originalmente Supermercado Plaza Italia
Limitada, del giro de su denominaci贸n, representada legalmente por Sermob
Limitada, cuyo giro es, entre otros, la prestaci贸n de servicios y asesor铆a de
empresas, la que a su vez es representada por Walmart Chile S.A., siendo su giro,
entre otros, la explotaci贸n de supermercados y centros comerciales, cuyo gerente
general es don Horacio Barbeito, de quien ignora profesi贸n u oficio, todos
domiciliados en Avenida del Valle N° 725, Ciudad Empresarial, comuna de
Huechuraba, y en Avenida Eduardo Frei Montalva N° 8301, comuna de Quilicura,
obtuvo de la Sociedad Chilena de Autores e Int茅rpretes Musicales, en conformidad
a lo dispuesto en los art铆culos 21 y 100 de la Ley N潞17.336, autorizaci贸n para
ejecutar p煤blicamente obras musicales del repertorio que dicha entidad
representa, para el local p煤blico de giro supermercado denominado “Ekono”,
actualmente “Express de L铆der”, ubicado en Rancagua N°0180, comuna de
Providencia. Se帽ala que la referida autorizaci贸n se otorg贸 mediante el Contrato de
Autorizaci贸n de Ejecuci贸n P煤blica de Obras Musicales A-N潞 3038, de fecha 13 de
octubre de 2000, en el que la demandada se oblig贸, entre otras prestaciones, a
pagar dentro de los diez primeros d铆as del mes siguiente a su representada, por la
ejecuci贸n p煤blica de obras musicales del repertorio de esta entidad, la tarifa
mensual de $38.824.-, a contar del mes de octubre de 2000, estableci茅ndose que
este monto se reajustar铆a los d铆as 1潞 de enero, 1潞 de mayo y 1潞 de septiembre de cada a帽o, en el mismo porcentaje de variaci贸n del 脥ndice de Precios al
Consumidor en los cuatro meses anteriores, conforme a lo que se estipul贸 en la
cl谩usula duod茅cima del Contrato.
Dice que el valor actual de la tarifa mensual, respecto del per铆odo
septiembre de 2017, es de $81.564.- y que la demandada, Administradora de
Supermercados Express Limitada, no ha pagado la tarifa pactada, ni ha dado
cumplimiento a las dem谩s obligaciones contenidas en el Contrato A-N潞 3038,
desde el a partir del 1潞 de mayo de 2017, adeudando a la fecha de presentaci贸n
de la demanda por ese concepto, la suma de $408.148.-
Asimismo expresa que la demandada deber谩 cancelar a la demandante, a
t铆tulo de avaluaci贸n anticipada de los perjuicios, el inter茅s corriente bancario para
operaciones no reajustables, a contar del d铆a 21 del mes siguiente a cada mes
adeudado hasta su pago efectivo, de acuerdo a lo establecido en la cl谩usula
s茅ptima del Contrato.