Puerto Montt, veinte de abril de dos mil diecis茅is.
VISTOS:
En estos antecedentes RIT T-5-2015 del Juzgado de Letras de Ancud, don Fabi谩n Vicente Quiroz Guti茅rrez, abogado, por la parte demandante, en causa laboral por vulneraci贸n de derechos fundamentales, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales caratulada "Brul茅 con Corporaci贸n Municipal", comparece e interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva, dictada con fecha 21 de diciembre de 2015, y notificada el 23 de diciembre 煤ltimo, con la finalidad de que la I. Corte de Apelaciones de Puerto Montt conozca del mismo, anulando la sentencia pronunciada por el tribunal a quo, por la causal gen茅rica del art铆culo 477 del C贸digo del Trabajo, esto es cuando en la sentencia: "Se hubieren infringido sustancialmente derechos y garant铆as constitucionales o se hubiere dictado con infracci贸n de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo", se帽alando que la sentencia incurre en una abierta infracci贸n de ley toda vez que niega lugar a las indemnizaciones demandadas (y por ende a las acciones interpuestas) por estimar erradamente que en este caso su representado ten铆a la calidad de "Director" de establecimiento, es decir de "Docente-Directivo" y no de "Docente de aula", que es lo que establece su contrato y la ley, se帽alando que el fallo recurrido se ha dictado con infracci贸n de ley que influye en lo dispositivo de la sentencia por infringir el art铆culo 煤nico de la ley 19.648, modificada por ley 20.804, en relaci贸n con art铆culos 25, 31 bis, 32, 32 bis, 33 de la ley 19.070, todos en relaci贸n con los art铆culos 19 y 24 del C贸digo Civil, infracci贸n que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, toda vez, que de existir una correcta aplicaci贸n de las normas se debieron acoger las acciones interpuestas y las correlativas indemnizaciones demandadas, solicitando que se invalide el fallo recurrido y declare que la sentencia recurrida es nula, por haberse dictado el fallo con infracci贸n de ley que influy贸 sustancialmente en lo dispositivo del fallo, determinando el estado en que queda el proceso y ordene la remisi贸n de los antecedentes al a quo, el cual aplicando correctamente el derecho, concluya que se acoge la demanda de tutela en todas sus partes, o en subsidio de ella la acci贸n de despido injustificado, en todas sus partes, todo con expresa condenaci贸n en costas.