Santiago, nueve de junio de dos mil once.
Vistos:
En autos rol N潞 13.113-2008 del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, caratulados Castro N煤帽ez Rodrigo con Hunter Douglas Chile S.A.?, juicio ordinario por despido injustificado, por sentencia de uno de marzo de dos mil diez, escrita a fojas 192 y siguientes, el tribunal de primera instancia rechaz贸 la demanda deducida por el actor, declarando que su despido por la causal del art铆culo 160 N潞 3 del C贸digo del Trabajo, fue justificado, y no se le conden贸 en costas por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.
Se alz贸 el demandante y una de las salas de la Corte de Apelaciones de San Miguel, en fallo de doce de octubre del a帽o dos mil diez, que se lee a fojas 233 y siguientes, lo revoc贸 y en su lugar decidi贸 que el despido del actor fue injustificado y conden贸 a la demandada al pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por a帽os de servicios, 茅sta 煤ltima con el incremento del ochenta por ciento; m谩s los reajustes e intereses establecidos en los art铆culos 63 y 173 del C贸digo del Trabajo, con costas.
En contra de esta 煤ltima sentencia, la demandada dedujo recurso de casaci贸n en el fondo, para cuyo conocimiento se trajeron estos autos en relaci贸n.
En autos rol N潞 13.113-2008 del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, caratulados Castro N煤帽ez Rodrigo con Hunter Douglas Chile S.A.?, juicio ordinario por despido injustificado, por sentencia de uno de marzo de dos mil diez, escrita a fojas 192 y siguientes, el tribunal de primera instancia rechaz贸 la demanda deducida por el actor, declarando que su despido por la causal del art铆culo 160 N潞 3 del C贸digo del Trabajo, fue justificado, y no se le conden贸 en costas por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.
Se alz贸 el demandante y una de las salas de la Corte de Apelaciones de San Miguel, en fallo de doce de octubre del a帽o dos mil diez, que se lee a fojas 233 y siguientes, lo revoc贸 y en su lugar decidi贸 que el despido del actor fue injustificado y conden贸 a la demandada al pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por a帽os de servicios, 茅sta 煤ltima con el incremento del ochenta por ciento; m谩s los reajustes e intereses establecidos en los art铆culos 63 y 173 del C贸digo del Trabajo, con costas.
En contra de esta 煤ltima sentencia, la demandada dedujo recurso de casaci贸n en el fondo, para cuyo conocimiento se trajeron estos autos en relaci贸n.