Santiago, veintinueve de marzo de dos mil veintiuno. Al escrito folio N° 191382-2020: est茅se al m茅rito. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepci贸n de sus fundamentos tercero a quinto, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y, adem谩s, presente:
Primero: Que en estos autos Rol Corte Suprema N°88.411-2020, comparecieron la Corporaci贸n Pro Defensa del Patrimonio Hist贸rico y Cultural de Vi帽a del Mar y la Fundaci贸n Yarur Bascu帽谩n, quienes dedujeron recurso de protecci贸n en contra de Inmobiliaria Punta Piqueros S.A., por las obras que esta 煤ltima se encuentra ejecutando en el Santuario de la Naturaleza Roca Oce谩nica, emplazado en el sector que une las comunas de Vi帽a del Mar y Conc贸n. Expresa que se trata de un 谩rea protegida cuya intervenci贸n la empresa justifica en las medidas de mitigaci贸n dispuestas por la Resoluci贸n de Calificaci贸n Ambiental del Proyecto Hotel Punta Piqueros, obra distinta, construida a m谩s de 400 metros de distancia y que, a mayor abundamiento, por disposici贸n de esta Corte no cuenta con Permiso de Edificaci贸n. Asegura que cualquier trabajo que se desarrolle sobre una zona protegida requiere de un