Santiago, catorce de diciembre de dos mil veinte. Visto y considerando.
Primero: Que, comparecen Maritza Ojeda Hidalgo y Luis Salinas Mu帽oz, abogados, ambos con domicilio para estos efectos en Doctor Sotero del R铆o N° 541, oficina N° 620, comuna de Santiago, en representaci贸n de Ruperto Andr茅s Herrera Rubio, pensionado, domiciliado en La Ca帽ada N° 6821, comuna de La Reina, los que deducen Recurso de Protecci贸n en contra de Euroamerica Seguros de Vida S.A., representada por Rodrigo Renato Gonz谩lez del Barrio, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo N° 3885, piso 20, comuna de Las Condes. Fundan su acci贸n en que su representado celebr贸 con la recurrida un contrato de seguro de renta vitalicia, cuya prima 煤nica correspond铆a a 5196,64 unidades de fomento (UF), indicando que el traspaso de la primera fue realizado por la Administradora de Fondos de Pensi贸n en agosto de 1990. Como beneficiario de la renta vitalicia se encontraba el mismo recurrente, y la c贸nyuge de esa 茅poca, Ester del Carmen Loyola Calder贸n, cuesti贸n de la que la recurrida ten铆a conocimiento. Indican que la pensi贸n o renta vitalicia que se le pagaba a su representado ascend铆a a un monto de 35,09 UF. El 28 de junio de 2005, fallece Ester del Carmen Loyola Calder贸n, por lo que se elimina a la beneficiaria de la renta vitalicia pactada, y no obstante el fallecimiento indicado, la pensi贸n o renta vitalicia segu铆a ascendiendo al monto de 35,09 UF. Posteriormente, a帽aden que el recurrente el 7 de septiembre de 2013, contrajo matrimonio con Evelyn Estela Sol铆s Rojas. Refieren que posterior a las segundas nupcias, espec铆ficamente 3 a帽os despu茅s de la celebraci贸n, la recurrida baj贸 la pensi贸n o renta vitalicia de 35,09 UF a 17,97 UF, es decir, rebaja a la mitad la pensi贸n